MEGACAUSA ESMA IV


VISTA ORAL (02/12/2019)




¿Qué es la Megacausa ESMA?

Juzgados Comodoro Py 2002
La causa ESMA Unificada, o Megacausa ESMA, son los juicios que se están llevando a cabo para que a los perpetradores de todos los delitos de lesa humanidad que se cometieron en la Escuela de Mecánica de la Armada (ESMA) durante la última dictadura cívico-militar que sufrió la Argentina (1976-1983), se les imponga la pena correspondiente. En aquel centro –denominado ahora Espacio de Memoria y Derechos Humanos (ex ESMA)- se recuerda hoy a todas las víctimas que padecieron la cruel represión y a sus familiares.

Estos juicios por delitos de lesa humanidad empezaron con los históricos “Juicios a las Juntas, en 1985”, pero fueron suspendidas por las posteriores leyes de impunidad y los indultos. Posteriormente, determinados organismos de Derechos Humanos lograron su reapertura en el año 2005.



En el primer juicio hubo un solo imputado, Héctor Febres, quien murió en 2007 antes de conocerse la sentencia pendiente en aquel procedimiento.
En el segundo juicio hubo 16 condenados y dos absueltos; terminó el 26 de octubre de 2011.

El tercer juicio fue el de mayor envergadura hasta el momento; constituyó el proceso judicial más grande de la historia de la Argentina. La sentencia que se dicto en el mismo se conoció el 29 de noviembre de 2017: fueron condenados por genocidio 48 acusados, y hubo 6 absueltos. En este procedimiento se pudo demostrar la práctica de “los vuelos de la muerte”, la forma en como muchas víctimas murieron y desaparecieron mediante vuelos, con las víctimas adormecidas mediante una inyección de pentotal sódico (relajante muscular); los “trasladaban” en aviones hasta el mar o el río de la Plata y los lanzaban desde la altura, con el fin de hacer desaparecer los cadáveres y las pruebas de los crímenes de lesa humanidad que estaban cometiendo.

El cuarto juicio con 9 acusados por casos perpetrados contra 816 víctimas. El lunes, 2 de diciembre de 2019, tuve la ocasión de poder asistir a una de sus vistas orales.

En este juicio, casi todos los acusados estaban integrados en el Grupo de Tareas 3.3.2 de la ESMA. La fiscalia pide para cada uno de ellos – menos para uno- cadena perpetua. Voy a hacer una breve referencia a quiénes son:
  • Horacio Luis Ferrari, alias “Pantera” o “Diego”, contraalmirante retirado de la Armada; estuvo destinado en la ESMA desde marzo de 1977, hasta enero de 1978. La fiscalía pide cadena perpetua.
  • Carlos Mario Castellví, alias “Lucas”, oficial retirado de la Armada; estuvo destinado en la ESMA desde abril de 1979, hasta marzo de 1980. La fiscalía pide cadena perpetua.
  • Miguel Conde, alias “Carames” o “Cortez”, personal civil de Inteligencia del Batallón 601, en la ESMA desde octubre de 1976, hasta marzo de 1979. La fiscalía pide cadena perpetua.
  • Ramón Roque Zanabria, ex cabo de la Armada, en la ESMA desde marzo de 1976, hasta diciembre de 1977. La fiscalía pide cadena perpetua.
  • Carlos Néstor Carrillo, alias “Cari” o el “Salteño”, ex suboficial de la Armada, operador de comunicaciones, en la ESMA desde marzo de 1979, hasta noviembre de 1979. La fiscalía pide cadena perpetua.
  • Raúl Armanda Cabral, alias “Tiburón”, ex agente de Policía, estuvo en la ESMA desde enero de 1977. La fiscalía pide cadena perpetua.
  • Jorge Luis María Ocaranza, ex suboficial de la Armada, en la ESMA desde marzo de 1976, hasta agosto de 1977. La fiscalía pide cadena perpetua.
  • José Luis Iturri, ex cabo retirado de la Armada, en la ESMA desde marzo de 1976, hasta novembre de 1976. La fiscalía pide cadena perpetua.
  • Claudio Vallejos, alias “Gordo”, ex integrante del Servicio de Inteligencia Naval; la fiscalía pide para él 6 años de cárcel. Fue extraditado en 2012 desde Brasil.

Todos ellos perpetraron supuestos crímenes de lesa humanidad; y por estar en ESMA, ello no significa que no participaran en crímenes cometidos en otros centros clandestinos. Era una práctica habitual ir moviendo al personal de los centros clandestinos de detención, tortura y exterminio.


Vista Oral

Este lunes, 2 de diciembre, se encontraba en la Sala el Tribunal integrado por las magistradas Adriana Palliotti, Gabriela López Iñíguez, y el magistrado y presidente del tribunal, Daniel Horacio Obligado. El Secretario de la Sala, el Ministerio Público (Fiscal), los querellantes; y, por parte de la defensa de los acusados, solamente el Letrado, Dr. Fanegora, abogado de Horacio Luis Ferrari.

Imagen desaparecido
En la vista debían llevarse a cabo los alegatos finales de la fiscalía y del resto de acusaciones; entre estas, las Abuelas de Plaza de Mayo, HIJOS, etc. Pero se suspendió la vista, dado que el abogado de Horacio Luís Ferrari presentó aclaratorias, alegando que se había presentado una prueba y, por lo tanto, no había finalizado la fase probatoria; y que él tenía desconocimiento de la última prueba aportada por parte de la fiscalía; y concluyó que no podían empezar los alegatos sin haber terminado la fase probatoria, dado que ello vulneraría las garantías judiciales - los derechos de defensa-, y añadió criticas al Tribunal por como estaba llevando hasta ese momento toda la causa. El fiscal replicó, por su parte, que se habían respetado todas las garantías judiciales y no hacía falta alargar el proceso. Finalmente, el juez dio la razón a la defensa, el abogado de la cual pidió a continuación la suspensión del juicio, debido a que él tiene que someterse a una operación quirúrgica, que le impedirá volver a la actividad profesional hasta febrero de 2020.


Observaciones

Resulta evidente que el abogado defensor de Horacio Luis Ferrari venia con la intención clara de suspender el juicio hasta febrero y alargar así el proceso judicial lo máximo posible; por parte de las acusaciones y el Ministerio Público observé una notoria fatiga, con afán de terminar apresuradamente el juicio.

Me sorprendió que por parte del público se mostraran carteles y fotografías de las víctimas; es comprensible por la transcendencia del juicio, pero cabe recordar que en sala judicial no se puede entrar con ninguna simbología o documento que pueda llegar a alterar el desarrollo de la Vista o la percepción imparcial de los magistrados.


Se está juzgando, tarde, pero se juzga

LA VERDAD SALE A LA LUZ
Es verdad que después de más de 35 años se está haciendo justicia y que no es posible ponerse en el lugar de las familias o víctimas cuando se hacen este tipo de juicio, y por una causa tan conocida y sufrida por el pueblo argentino. Pero no por ello debemos olvidar el sitio en que se realizan y las reglas que comporta un proceso judicial. Argentina es un Estado de Derecho, en el que se deben observar las pautas del procedimiento. De lo contrario, se corre el peligro de caer en la politización de la causa judicial (más de lo que ya está), y dificultar que el tribunal desarrolle su trabajo con la imparcialidad que requiere y dicte una resolución final, basada únicamente en argumentos jurídicos.

El pueblo argentino puede estar orgulloso de haber conseguido juzgar a muchos de los presuntos perpetradores de crímenes de lesa humanidad (y no solo la cúpula de la dictadura) durante la última dictadura cívico-militar (1976-1983). 
Muchos otros pueblos, entre ellos España, no han afrontado ese reto -la transición de la dictadura a la democracia cerró en falso aspectos tan relevantes como las tropelías cometidas a lo largo del Franquismo, el olvido de las fosas comunes y tantas otras cuestiones aún pendientes. Sin duda, es fundamental que se juzgue a los que aparecen como supuestos autores de crímenes atroces, pero también es básico tener en cuenta que un Estado de Derecho con todas las garantías debe dejar que los tribunales de justicia hagan su trabajo conforme a las reglas procesales, sin caer en estridencias que provocan ruido y pueden poner en duda la incuestionable ecuanimidad de los juzgadores.

Memoria, Verdad y Justicia



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